Estoy en "Preguntas
y Respuestas" -> "Dudas sobre el sistema EMCS" |
La Agencia Tributaria ha
puesto a su disposición en Internet abundante información de calidad sobre el
sistema EMCS. Si tiene alguna duda sobre normativa, plazos, etc., consulte la página
http://www.emcs.es.
Si tiene alguna
duda más específica que no aparezca entre las publicadas a continuación, por favor escriba un correo a la dirección
emcs@correo.aeat.es. Si nos
envía su duda y la respuesta que ha recibido, la publicaremos aquí para
poder ayudar a otros.
|
¿Cuándo empieza a funcionar el sistema EMCS? |
El sistema EMCS empieza a
funcionar el 1 de Abril del 2010. A partir de ese momento,
debemos estar capacitados para poder enviar electrónicamente por
el sistema EMCS la respuesta (notificación de recepción) a los
Documentos Administrativos Electrónicos que recibamos vía EMCS.
A partir del 1 de Enero del 2011 todos los operadores económicos
que reciban y/o envíen productos sujetos a impuestos especiales
en régimen suspensivo deberán utilizar el sistema EMCS. |
¿Qué hay que hacer para empezar a trabajar con EMCS, tanto
para enviar como para recibir? |
Tanto para enviar como para
recibir hay que suscribirse previamente al servicio de Bandeja
de Entrada EMCS. La suscripción se puede hacer a partir del 15
de Marzo del 2010 en el portal
www.emcs.es en la opción "Puede Tramitar" -> "Suscripción
a Servicios Web" |
¿Qué debo hacer si hay un cambio de matrícula o de cantidad
de última hora? |
Si la mercancía no ha salido,
puede realizarse una cancelación del documento enviado y una
nueva declaración. Si ha salido ya no puede comunicarse
electrónicamente. En este caso hay que preguntar qué hacer al
Departamento de Aduanas, buzón
emcs@correo.aeat.es
|
En el Programa de Ayuda EMCS, aconsejamos enviar con bastante
antelación el Parte de Alta del documento al "Entorno de
Producción, modo Pruebas".
Con el envío en modo "Pruebas", el documento es verificado como
si de un documento real se tratara. Si el documento es
rechazado, debemos corregir los errores que han motivado el
rechazo y volver a enviarlo hasta que sea aceptado. Una vez
aceptado en modo "Pruebas", cuando sepamos con seguridad la
matrícula y las cantidades, actualizamos el documento y lo
enviamos en modo "Real". Debemos destacar que el ARC recibido en modo
"Pruebas" no es válido para la salida de la mercancía. Hay que
usar el ARC recibido al enviar el documento en modo "Real". |
¿Con cuánta antelación antes de que salga el vehículo hay que
enviar el mensaje EMCS? |
Desde 7 días antes de la fecha de
salida de la mercancía hasta unos segundos antes de la salida.
La mercancía debe salir con el ARC asignado al documento. El ARC
se asigna automáticamente al enviar el mensaje y aparece
claramente en la parte superior del documento EMCS impreso por
el Progama de Ayuda EMCS. |
¿Qué países de la UE están preparados para trabajar con EMCS? |
Dinamarca y Polonia no pueden
recibir documentos electrónicos (ni contestarlos) hasta 01 de
Enero del 2011, luego hasta esa fecha funcionarán con el actual
documento de acompañamiento en papel (Modelo 500 UE). Grecia
tampoco se integrará en el sistema EMCS hasta el 1 de Junio de
2010. |
¿Se pueden usar Tarjetas Criptográficas de empresa con EMCS? |
Las declaraciones deben realizarse
con el certificado electrónico de la empresa o con el
certificado de un apoderado o colaborador social. El que el
certificado vaya en una tarjeta no representa ningún problema.
En el menú "Comunicaciones", opción "Configurar Comunicaciones"
se establece si se va a utilizar un certificado en fichero PFX o
una
tarjeta. |
¿Cómo puedo verificar si un CAE es correcto? |
Se puede verificar un CAE de
cualquier país europeo y conocer los epígrafes de mercancías
para las que está autorizado ese CAE desde el siguiente enlace:
http://www.ec.europa.eu/taxation_customs/dds/cgi-bin/seedquer?Lang=ES&Excnr=init |
¿Qué es el campo "Código" / "Número de Depósito" del Lugar de
Entrega? |
Es el primer campo del apartado
"Lugar de Entrega" del Documento EMCS del Programa de Ayuda EMCS. |
Si el destinatario es de tipo
"Depósito Fiscal", el texto "Código" cambia por "Nº de
Depósito" y se hace obligatorio rellenar este campo para
poder guardar el documento. Debemos introducir el CAE del
depósito, que en casi todos los países NO COINCIDE con el
CAE del destinatario. El destinatario tiene un CAE como
depositario, y el depósito tiene otro CAE como tal depósito.
Debemos solicitar a nuestros destinatarios los dos CAE. |
Si el destinatario es de cualquier
otro tipo distinto a "Depósito Fiscal", este campo no es
obligatorio, lo podemos dejar vacío. En caso de rellenarlo,
debemos hacerlo con el NIF IVA del lugar de entrega. |