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Estoy en "Preguntas y Respuestas" -> "Dudas sobre el sistema EMCS"

La Agencia Tributaria ha puesto a su disposición en Internet abundante información de calidad sobre el sistema EMCS. Si tiene alguna duda sobre normativa, plazos, etc., consulte la página http://www.emcs.es.

Si tiene alguna duda más específica que no aparezca entre las publicadas a continuación, por favor escriba un correo a la dirección emcs@correo.aeat.es. Si nos envía su duda y la respuesta que ha recibido, la publicaremos aquí para poder ayudar a otros.

¿Cuándo empieza a funcionar el sistema EMCS?

El sistema EMCS empieza a funcionar el 1 de Abril del 2010. A partir de ese momento, debemos estar capacitados para poder enviar electrónicamente por el sistema EMCS la respuesta (notificación de recepción) a los Documentos Administrativos Electrónicos que recibamos vía EMCS. A partir del 1 de Enero del 2011 todos los operadores económicos que reciban y/o envíen productos sujetos a impuestos especiales en régimen suspensivo deberán utilizar el sistema EMCS.

¿Qué hay que hacer para empezar a trabajar con EMCS, tanto para enviar como para recibir?

Tanto para enviar como para recibir hay que suscribirse previamente al servicio de Bandeja de Entrada EMCS. La suscripción se puede hacer a partir del 15 de Marzo del 2010 en el portal www.emcs.es en la opción "Puede Tramitar" -> "Suscripción a Servicios Web"

¿Qué debo hacer si hay un cambio de matrícula o de cantidad de última hora?

Si la mercancía no ha salido, puede realizarse una cancelación del documento enviado y una nueva declaración. Si ha salido ya no puede comunicarse electrónicamente. En este caso hay que preguntar qué hacer al Departamento de Aduanas, buzón emcs@correo.aeat.es

En el Programa de Ayuda EMCS, aconsejamos enviar con bastante antelación el Parte de Alta del documento al "Entorno de Producción, modo Pruebas". Con el envío en modo "Pruebas", el documento es verificado como si de un documento real se tratara. Si el documento es rechazado, debemos corregir los errores que han motivado el rechazo y volver a enviarlo hasta que sea aceptado. Una vez aceptado en modo "Pruebas", cuando sepamos con seguridad la matrícula y las cantidades, actualizamos el documento y lo enviamos en modo "Real". Debemos destacar que el ARC recibido en modo "Pruebas" no es válido para la salida de la mercancía. Hay que usar el ARC recibido al enviar el documento en modo "Real".

¿Con cuánta antelación antes de que salga el vehículo hay que enviar el mensaje EMCS?

Desde 7 días antes de la fecha de salida de la mercancía hasta unos segundos antes de la salida. La mercancía debe salir con el ARC asignado al documento. El ARC se asigna automáticamente al enviar el mensaje y aparece claramente en la parte superior del documento EMCS impreso por el Progama de Ayuda EMCS.

¿Qué países de la UE están preparados para trabajar con EMCS?

Dinamarca y Polonia no pueden recibir documentos electrónicos (ni contestarlos) hasta 01 de Enero del 2011, luego hasta esa fecha funcionarán con el actual documento de acompañamiento en papel (Modelo 500 UE). Grecia tampoco se integrará en el sistema EMCS hasta el 1 de Junio de 2010.

¿Se pueden usar Tarjetas Criptográficas de empresa con EMCS?

Las declaraciones deben realizarse con el certificado electrónico de la empresa o con el certificado de un apoderado o colaborador social. El que el certificado vaya en una tarjeta no representa ningún problema. En el menú "Comunicaciones", opción "Configurar Comunicaciones" se establece si se va a utilizar un certificado en fichero PFX o una tarjeta.

¿Cómo puedo verificar si un CAE es correcto?

Se puede verificar un CAE de cualquier país europeo y conocer los epígrafes de mercancías para las que está autorizado ese CAE desde el siguiente enlace: http://www.ec.europa.eu/taxation_customs/dds/cgi-bin/seedquer?Lang=ES&Excnr=init

¿Qué es el campo "Código" / "Número de Depósito" del Lugar de Entrega?

Es el primer campo del apartado "Lugar de Entrega" del Documento EMCS del Programa de Ayuda EMCS.

Si el destinatario es de tipo "Depósito Fiscal", el texto "Código" cambia por "Nº de Depósito" y se hace obligatorio rellenar este campo para poder guardar el documento. Debemos introducir el CAE del depósito, que en casi todos los países NO COINCIDE con el CAE del destinatario. El destinatario tiene un CAE como depositario, y el depósito tiene otro CAE como tal depósito. Debemos solicitar a nuestros destinatarios los dos CAE.

Si el destinatario es de cualquier otro tipo distinto a "Depósito Fiscal", este campo no es obligatorio, lo podemos dejar vacío. En caso de rellenarlo, debemos hacerlo con el NIF IVA del lugar de entrega.

 

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